Ordenanzas Fiscales

Ordenanza Municipal reguladora del otorgamiento de Licencias de Vados y Licencias de Reservas de estacionamiento en la vía pública de Gozón

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Transcurrido el plazo de exposición pública del Acuerdo Plenario de fecha 28 de septiembre de 2016 de aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora del otorgamiento de licencias de vados y reservas de estacionamiento en la vía pública, que a continuación se trascribe, sin que se haya presentado reclamación alguna, queda elevado a definitivo dicho acuerdo.

Documentación:

 

 

Expte. SCR/2015/18. Ordenanza reguladora de la utilización temporal o esporádica de edificios, locales e instalaciones municipales del concejo de Gozón

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El Pleno del Ayuntamiento de Gozón, en sesión ordinaria de fecha 28 de abril de 2016, acordó aprobar expresamente, con carácter definitivo, la redacción final del texto de la Ordenanza municipal reguladora de la utilización temporal o esporádica de edificios, locales e instalaciones municipales del concejo de Gozón, una vez resueltas las reclamaciones presentadas e incorporadas a la misma las modificaciones derivadas de las reclamaciones estimadas, lo que se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Documentación:

 

 

Aprobación inicial de la ordenanza reguladora de la ocupación de la vía pública con mesas, sillas y otros elementos móviles.

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El Pleno del Ayuntamiento de Gozón, en sesión celebrada el día 29 de junio de 2016, acordó por mayoría aprobar inicialmente la Ordenanza Reguladora de la ocupación de la vía pública con mesas, sillas y otros elementos móviles, y en cumplimiento de lo dispuesto en los art. 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del régimen Local, y el art. 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, contados desde el día siguiente al de inserción de este anuncio en el BOPA, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones o sugerencias que se estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Ordenanza Reguladora de la ocupación de la vía pública con mesas, sillas y otros elementos móviles. Documentación:

 

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