Estas en:

Servicios sociales

¿Quiénes Somos?

La Red Básica de Servicios Sociales del Principado de Asturias, está constituida por los Servicios Sociales Generales, distribuidos en todo el territorio para garantizar el inmediato acceso de la población a los mismos y la aplicación de los recursos más apropiados. El Centro Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Gozón está formado en la actualidad por una Unidad de Trabajo Social. Dicho Centro constituye el primer nivel de atención social a los ciudadanos y en ellos se realizan las siguientes prestaciones:

  • Atención personalizada:
    • Información de los recursos sociales disponibles.
    • Valoración individualizada de las situaciones de la/s persona/s.
    • Orientación hacia los medios más adecuados a las necesidades planteadas.
    • Apoyo y asesoramiento para ayudar a la superación de problemas.
  • Gestión de ayudas materiales
    • Atención residencial y alojamientos alternativos.
    • Ayuda a Domicilio, que comprende una serie de atenciones de carácter doméstico, social, de apoyo psicológico y rehabilitador, a los individuos o familias que se hallen en situación de especial necesidad, para facilitar la autonomía personal en el medio habitual.
    • Ayudas de emergencia social cuya finalidad es la atención de situaciones de urgente necesidad que transitoriamente puedan afectar a individuos o familias.
  • Prevención de la marginación social y de situaciones de riesgo, favoreciendo la normalización de grupos con especiales problemas de integración, así como el fomento de la solidaridad y la cooperación social.
  • Promoción social de individuos y grupos:
    • Medidas para la inserción en el medio social.

Población a la que va dirigido el servicio:

Residentes en el Concejo de Gozón y los no residentes en las condiciones que señala la Ley 11/1984 de Servicios Sociales.

Responsable Técnico:

Trabajadora Social Municipal

¿Dónde Estamos?

C/ Ramón Pérez de Ayala Nº1 bajo – 33440 Luanco (Gozón)

  • Horarios de atención al público (Previa Cita)
  • Lunes, Miércoles y Viernes: de 10:00 A 13:30 Horas
  • Teléfono: 985 88 23 83
  • Fax: 985 88 22 90
  • Email: css@telefónica.net

Prestaciones Municipales

Teleasistencia domiciliaria

Servicio municipal gratuito en la actualidad que se presta a través de Cruz Roja (convenio tripartito entre el IMSERSO-FEMP-AYUNTAMIENTOS). Dirigido fundamentalmente a personas mayores (con problemas de salud o que estén o pasen tiempo solas) y personas con discapacidad.

Este servicio funciona las 24 horas del día – todos los días del año. El aparato de teléfono se sustituye por otro (centralita), con características bien distintas (teclas mucho más grandes y una de alarma).

Además incorpora un medallón (o pulsera) de comunicación (el cual se puede mojar), para casos de inmovilización del usuario (caídas, etc…) que establece comunicación con Cruz Roja a través de la centralita, éste tiene un alcance aproximado de 90 metros.

Otra ventaja de este servicio, es que dispone de la posibilidad de “abrir agendas” en Cruz Roja por ejemplo para recordatorio de citas médicas, etc…

Requisitos
  • Estar empadronado y residir en el municipio.
  • Ser persona mayor o discapacitado.
Documentación
  • Fotocopia DNI todos los miembros unidad familiar.
  • Fotocopia cartilla sanitaria del/la solicitan.
  • Certificado de convivencia y empadronamiento.
  • Informe médico justificativo de la situación física.
  • Documentos acreditativos de ingresos de la unidad familiar (nóminas, etc.…).
  • Fotocopia IRPF todos los miembros de la unidad familiar (en su defecto certificación negativa).
  • Certificado intereses bancarios año anterior.

www.cruzroja.es

Ayuda a domicilio

Servicio municipal gratuito en la actualidad que se presta a través de convenio bilateral firmado con ALFA S.L. SERVICIOS ASISTENCIALES.

Este servicio se presta de lunes a viernes en horario comprendido entre las 9:00 y las 15:00 horas, con una duración máxima de 2 horas día (en función de la necesidad del usuario se prestan: 5, 3 ó 2 días a la semana y 1 ó 2 horas día).

En la actualidad hay una gran demanda y como consecuencia de ello una elevada lista de espera. La adjudicación del servicio no está en función del orden de registro, sino en relación con la necesidad.

Requisitos
  • Estar empadronado y residir en el municipio.
  • Ser persona mayor o discapacitado.
Documentación
  • Fotocopia DNI todos los miembros unidad familiar.
  • Fotocopia cartilla sanitaria del/la solicitante.
  • Certificado de convivencia y empadronamiento.
  • Informe médico jutificativo de la situación física.
  • Documentos acreditativos de ingresos de la unidad familiar (nóminas, etc.…).
  • Fotocopia IRPF todos los miembros de la unidad familiar (en su defecto certificación negativa).
  • Certificado intereses bancarios año anterior.

Alimentos Cruz Roja (2 repartos al año)

Procedentes de los excedentes de producción de la Comunidad Europea, éstos se reparten en colaboración con Cruz Roja Española dos veces al año:

  • primera fase: en el segundo trimestre del año.
  • segunda fase: en el cuarto trimestre del año.

Estos lotes se adjudican a unidades familiares que con anterioridad lo han demandado en los Servicios Sociales Municipales, las cuales presentan situación de necesidad.

Requisitos
  • Estar empadronado y residir en el municipio.
  • No disponer de ingresos en la unidad familiar, superiores al salario mínimo interprofesional.
Documentación
  • Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Fotocopia del libro de familia.
  • Justificantes de ingresos de toda la unidad familiar.

www.cruzroja.es

Derivaciones a Cáritas (vales de alimentos)

Informes en los que consta la situación de necesidad, y que con ellos, Cáritas parroquial da un vale de alimentos a las unidades familiares en situación de necesidad. En la actualidad Cáritas también dispone de un “perchero” mediante el cual facilitan ropa.

Requisitos
  • Estar empadronado y residir en el municipio.
  • No disponer de ingresos en la unidad familiar, superiores al salario mínimo interprofesional.
Documentación (normalmente ya figuran en su expediente personal)
  • Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Fotocopia del libro de familia.
  • Justificantes de ingresos de toda la unidad familiar.

Prestación Farmacéutica.

Servicio municipal mediante el cual el ayuntamiento corre a cargo de los medicamentos de las unidades familiares de este concejo.

Procedimiento
  • Consulta del usuario con el médico de atención primaria y expedición de recetas por el mismo.
  • Acudir al Centro Municipal de Servicios Sociales para el visado de dichas recetas.
  • Retirar los medicamentos en cualquiera de las farmacias del núcleo urbano de Luanco.
Requisitos
  • Estar empadronado y residir en el municipio.
  • No disponer de ingresos en la unidad familiar, superiores al salario mínimo interprofesional.
Documentación (normalmente ya figuran en su expediente personal)
  • Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Fotocopia del libro de familia.
  • Justificantes de ingresos de toda la unidad familiar.

Préstamo de especialidades (camas, sillas, muletas, andadores).

Servicio municipal gratuito en colaboración con Cruz Roja Española, mediante el cual se facilitan a personas en régimen de préstamo, especialidades costosas económicamente, tales como: camas articuladas, sillas de ruedas. Y otras como andadores, muletas, etc…

Requisitos
  • Estar empadronado y residir en el municipio.
  • Tener necesidad de la especialidad.
Documentación (normalmente ya figuran en su expediente personal)
  • Fotocopia del DNI del/a solicitante.
  • Justificantes de ingresos del/a solicitante.

Tarjeta aparcamiento para discapacitados

Tarjeta que facilita el aparcamiento de los vehículos de personas con discapacidad en lugares reservados a las mismas, debido a las dificultades que presentan.

Requisitos
  • Estar empadronado y residir en el municipio.
  • Tener calificación de minusvalía igual o superior al 33%, con limitaciones que dificulten la deambulación y /o usar transporte público.
Documentación
  • Fotocopia del DNI del/a solicitante.
  • Fotocopia de la Calificación de minusvalía.
  • Fotocopia del permiso de circulación del vehículo.
  • Fotocopia de las características técnicas del vehículo.

Exención impuesto vehículos tracción mecánica

Exención que permite no pagar el impuesto municipal de vehículos de tracción mecánica de todas las personas con discapacidad.

Requisitos
  • Estar empadronado y residir en el municipio.
  • Tener calificación de minusvalía igual o superior al 33%, con limitaciones que dificulten la deambulación y /o usar transporte público.
Documentación
  • Fotocopia del DNI del/a solicitante.
  • Fotocopia de la Calificación de minusvalía.
  • Fotocopia del permiso de circulación del vehículo.
  • Fotocopia de las características técnicas del vehículo.

Exención tasas de agua

Exención del pago del consumo de agua. En dicho beneficio se establece un tope máximo de consumo el cual si se supera se pierde este derecho. Dicha exención no lleva implícito el canon de saneamiento, la basura y el alcantarillado, los cuales si se deben pagar. Dirigido a unidades familiares con dificultades económicas.

Requisitos
  • Estar empadronado y residir en el municipio.
  • Tener una situación económica de necesidad.
Documentación
  • Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Justificantes de ingresos de toda la unidad familiar.
  • Certificados de empadronamiento y convivencia.

Ayudas de emergencia, apoyo económico y transeúntes

Ayudas destinadas a cubrir de manera puntual las necesidades y/o urgencias de unidades familiares (luz, alquiler, transporte a tratamientos, etc… “nunca a pagar deudas contraídas con Ayuntamiento tales como agua, etc, ni multas interpuestas por otros entes u organismos). Estas ayudas tienen carácter irrepetible dentro del mismo año natural.

Termalismo Social (Balnearios)

A través del Programa de Termalismo Social se proporciona a los pensionistas que, por prescripción facultativa lo precisen, los tratamientos que se prestan en los balnearios, a precios reducidos.

El Programa está organizado y financiado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a través del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, quien anualmente concierta con establecimientos termales la reserva de plazas en balnearios para la estancia y tratamiento de los usuarios del Programa.

Dentro del Programa de Termalismo Social se incluyen los siguientes servicios:

  • Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles.
  • Tratamientos termales básicos, que corresponderán.
  • Reconocimiento médico al ingresar en el balneario.
  • Tratamiento termal básico que, en cada caso, prescriba el médico del balneario.
  • Seguimiento médico del tratamiento, con informe final.
  • Póliza colectiva de seguro turístico.

En todo caso, los beneficiarios de los turnos realizarán los desplazamientos a las estaciones termales, así como el regreso a sus domicilios, por sus propios medios.

www.seg-social.es/imserso

Vacaciones para mayores

La Administración promueve un Programa social de vacaciones destinadas a personas mayores, con los objetivos de facilitar la incorporación de este colectivo a las corrientes turísticas, al tiempo que paliar las consecuencias que en materia de empleo produce el fenómeno de la estacionalidad en el sector turístico del país.

Requisitos
  • Tener como mínimo 65 años.
  • Pensionistas de jubilación del Sistema Público de Pensiones.
  • Otros pensionistas del Sistema Público de Pensiones, y prejubilados, con 60 años cumplidos.
  • Presentar la correspondiente solicitud.
  • El cónyuge no es preciso que reúna los requisitos de edad y pensión.
  • Se admitirá como acompañante a un hijo/a con discapacidad, que tenga un grado de minusvalía igual o superior al 45%, siempre que el viaje lo realice con sus padres y ocupe cama supletoria en la misma habitación del hotel. Deberá cumplimentarse el apartado 17 de la solicitud con los datos del hijo/a y adjuntar fotocopia del certificado de minusvalía expedido por el IMSERSO u organismo competente de la respectiva Comunidad Autónoma.
Servicios
  • Desplazamiento de ida y vuelta desde la capital de la provincia.
  • Alojamiento en régimen de pensión completa en habitación doble, de uso compartido.
  • Menú de régimen para aquellos usuarios que lo necesiten.
  • Asistencia sanitaria complementaria a la de la Seguridad Social.
  • Actividades de ocio y tiempo libre.
  • Póliza colectiva de seguros.

www.seg-social.es/imserso

Establecimientos Residenciales (ERA)

La prestación por parte de la Administración del Principado de Asturias de los servicios residenciales para ancianos, tiene la consideración de Servicio Público, cuya gestión, tanto directa como concertada, está encomendada al Organismo Autónomo de Establecimientos Residenciales del Principado de Asturias, creado por la Ley 7/1991, de 5 de abril, de asistencia y protección al anciano y dotado de plena personalidad jurídica, capacidad de obrar y patrimonio propio para el cumplimiento de sus fines.

Tipos de estancia
  • Residencias.
  • Viviendas tuteladas.
  • Apartamentos.
Requisitos

Mayores de 65 años.

  • Pensionistas mayores de 60 años.
  • Pensionistas mayores de 50 años con incapacidad física o psíquica cuyas circunstancias personales, familiares o sociales aconsejen el ingreso en un establecimiento residencial.
Documentación
  • Fotocopia DNI del/los solicitante/es.
  • Certificado de convivencia y empadronamiento.
  • Fotocopia declaración IRPF.
  • Certificado de pensión del INSS.
  • Informe médico en modelo normalizado.
  • Fotocopia cuentas bancarias con movimientos de los últimos 6 meses.
  • Certificado de Catastro en relación al IBI.
  • Informe social.

Ayudas Individuales

Subvenciones por varios conceptos para personas en situación de necesidad según las siguientes tipologías:

  • Ayudas Individuales para Mayores
  • Ayudas Individuales para Personas con Discapacidad
  • Ayudas Individuales para el Acogimiento Familiar de Mayores
  • Ayudas Individuales para el Acogimiento Familiar de Menores
  • Ayudas Individuales para Familias, Menores y Jóvenes

www.asturias.es