Resumen nuevas medidas adoptadas por COVID-19

Resumen nuevas medidas adoptadas por COVID-19

 

Resumen de las nuevas medidas adoptadas tras su publicación en el BOPA

 

El Gobierno de Asturias adelantará a las 20:00 horas el cierre de la hostelería y del comercio, con independencia de su superficie, desde el jueves y durante los próximos quince días. También se anticipará el toque de queda, vigente ahora desde las 23:00 horas, de tal manera a partir del día 14 se limitará la movilidad en todo el Principado entre las 22:00 y las 06:00 horas.

El Ejecutivo ha adoptado estas medidas ante el aumento de los contagios de coronavirus tras el impacto de las fiestas navideñas. Las restricciones serán más acusadas en Grado por la elevada tasa de incidencia que se registra en este concejo, donde se han detectado 5 brotes con 107 personas afectadas y 271 contactos estrechos. Por esta razón, desde esta medianoche se establece el cierre perimetral del municipio y se clausura durante dos semanas la actividad hostelera, hasta el 25 de enero. Estas actuaciones pretenden limitar los desplazamientos -y, con ellos, los contactos sociales y la confluencia de personas- con el objetivo de frenar la cadena de transmisión de la covid-19.

Las nuevas medidas contra la pandemia que ha anunciado hoy el consejero de Salud, Pablo Fernández Muñiz, incluyen también la prohibición de fumar en las terrazas de bares y restaurantes y la entrega a los cuerpos y fuerzas de seguridad de los listados de las personas que deben cumplir cuarentena y de aquellos locales que han de cerrar por estar afectados por algún brote de coronavirus, con el fin de que las autoridades vigilen su cumplimiento.

Por otra parte, se prorrogarán durante dos semanas las iniciativas de prevención y contención previstas en la resolución de la Consejería de Salud del 18 de diciembre, que afectan a los sectores de la hostelería, el comercio, la cultura, el deporte, los alojamientos y la enseñanza universitaria, entre otros. En cuanto a los exámenes universitarios, el Principado aconseja que se celebren de manera telemática, salvo en aquellos casos en que sólo se puedan realizar de forma presencial.

Limitación de la movilidad nocturna

A partir del jueves, la movilidad nocturna quedará restringida de 22:00 a 06:00 horas y en esta franja horaria únicamente se permitirán las salidas para adquirir medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad; para asistir a centros médicos y veterinarios, para acudir o regresar del trabajo, para el cuidado de personas mayores, dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables y para cualquier otra actividad debidamente acreditada.

Por su parte, el cierre perimetral de Grado restringirá desde esta medianoche la entrada y salida de personas del municipio salvo para desplazamientos debidamente justificados que respondan a alguno de los siguientes motivos:

-    Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
-    Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
-    Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
-    Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
-    Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
-    Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
-    Actuaciones urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales.
-    Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
-    Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
-    Causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
-    Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

También serán razones justificadas para la entrada o salida del concejo las siguientes:

-   Entrenamientos y competiciones de actividad deportiva federada.
-  Actos de recolección en huertos por parte de sus propietarios o arrendatarios, así como la atención y alimentación de animales domésticos.
-   Adquisición de alimentos o productos de primera necesidad por parte de personas con residencia habitual en localidades que, siendo de otro concejo, carezcan de establecimientos para la adquisición de tales productos y sean limítrofes con Grado.

Estas tres últimas causas habilitarán para el desplazamiento durante el tiempo indispensable para realizar la actividad, una única  vez al día, y en ningún caso podrán desarrollarse durante el período de restricción nocturna de la movilidad.

 

ENLACES:

 

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